Acuerdo negociación empleados públicos
miércoles, 10 de octubre de 2018
Fondo del 0,2 por 100 de la masa salarial
viernes, 5 de octubre de 2018
Acuerdo sobre el régimen retributivo en la situación de incapacidad temporal
Acuerdo negociación empleados públicos
Acuerdo de 2 de octubre de 2018, del Consejo de Gobierno,
por el que se aprueba expresa y formalmente el Acuerdo de 27 de septiembre de
2018, de la Mesa General de Negociación de los empleados públicos de la
Administración de la Comunidad de Madrid, relativo al régimen retributivo en la
situación de incapacidad temporal
jueves, 4 de octubre de 2018
Catálogo de Permisos del Convenio Colectivo Único 2018/2020, para el Personal Laboral al Servicio de la Comunidad de Madrid.
CAPÍTULO II Permisos
SECCIÓN 1ª. RÉGIMEN GENERAL DE LOS
PERMISOS
Artículo 120. Régimen
jurídico y criterios generales.
1. Para el régimen de permisos se estará a
lo establecido en los artículos 48 y 49 del texto refundido
de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, con las especificidades previstas en el presente
capítulo, y su concesión se ajustará a los criterios generales contenidos en
los siguientes apartados.
2. Duración y cómputo de los permisos:
Ver convenio aquí...
miércoles, 3 de octubre de 2018
¡Virgencita, que me quede como estoy!
Flaco favor han hecho a los empleados públicos de la
Comunidad de Madrid los sindicatos CCOO, UGT y CSIT, firmando este nuevo
convenio colectivo. Un nuevo convenio donde sale altamente agraviado con
especial inquina el personal laboral en
todos sus conceptos. Hay que leer con detenimiento este “engendro” …
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Flaco favor han hecho a los empleados públicos de la
Comunidad de Madrid los sindicatos CCOO, UGT y CSIT, firmando este nuevo
convenio colectivo. Un nuevo convenio donde sale altamente agraviado con
especial inquina el personal laboral en
todos sus conceptos. Hay que leer con detenimiento este “engendro” …
martes, 2 de octubre de 2018
“Grito global por la despenalización del aborto”
En España las opciones de planificar de manera consciente la
maternidad con información suficiente, la utilización de métodos
anticonceptivos o la interrupción voluntaria del embarazo (solo posible dentro
de las 14 primeras semanas) son derechos regulados en la Ley Orgánica 2/2010 de
salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo.
Este convenio 2018/2020, no tiene arreglo...
CUARTA PARTE
DEL BODRIO
El convenio establece un complemento de pagas adicionales que aumenta las desigualdades entre los Puestos de Categoría (los curritos) y establece la misma cuantía para los Puestos de Carrera (Directivos y jefes de trabajadores).
Un
convenio en el que las retribuciones de la nueva estructura de las categorías
será efectiva pasados 6 meses de su
entrada en vigor y previa solicitud de los trabajadores afectados.
Un
convenio colectivo que crea un Fondo Común de Creación de Empleo para
laborales y funcionarios de administración y servicios de 35 millones
de euros hasta el 2020. De los cuales, 30 millones irán
destinados a la Agencia Madrileña de Atención Social (AMAS).
De los 5 millones destinados a funcionarios y laborales habrá que comprobar
los que van destinados al personal laboral.
Un convenio muy moderno que crea un fondo productividad de 8
millones de euros“ destinado a la consecución de objetivos y dirigida a
incentivar el especial rendimiento del personal para el reconocimiento del
desempeño de las tareas encomendadas.”
Este fondo de productividad es muy probable
que vaya destinado a los niveles salariales altos del
convenio.
Que
no recupera el 5% que nos quitaron en el año 2012.
Un
convenio que no recupera las 35 horas semanales.
Respecto
a las retribuciones de las pagas extraordinarias y pagas
adicionales no se cobrará la totalidad de la paga correspondiente a la
categoría si el trabajador ha estado de baja en la fecha de su devengo.
Un convenio que institucionaliza la denegación sistemática
de los días por asuntos particulares por denegación del servicio, sin
especificar ni establecer los criterios de dichas necesidades.
Un convenio que presume de haber aumentado la
jubilación parcial hasta el año 2020, a costa de establecer peores
condiciones laborales tanto para el relevista como para el jubilado parcial, ya
que en los años 2.019 y 2.020 trabajarán los dos al 50%.
En definitiva, insistimos en que se trata de un bodrio de convenio y
muy apropiado para desmantelar el colectivo del personal laboral en
pocos ejercicios económicos. Y, mientras lo desmantelan, sitúan a este
colectivo en un nivel mayor de vulnerabilidad e indefensión: con contratos
precarios, aumentando funciones, creando categorías polivalentes a las que se
las puede exigir de todo porque nada está definido, sin capacidad de
ascender, con la denegación sistemática los días de asuntos particulares,
sin salud laboral y sin delegados de prevención.
Ya es hora que los trabajador@s le apliquen un ere a
estos sindicatos para que pasen a la reserva una larga temporada y puedan
renovar de nuevo sus votos como representantes de los trabajador@s.
lunes, 1 de octubre de 2018
Tercera Parte del Bodrio de Convenio Colectivo Único para el personal laboral de la Comunidad de Madrid para los años 2018 – 2020
TERCERA PARTE DEL BODRIO
Un convenio tan genérico que alude a la funcionarización del personal laboral sin especificar ni categorías ni temporalización a las que se aplicará, aunque es probable que dicha funcionarización esté dirigida a las categorías que comprenden el área de actividad A y cuyo reducción de categorías ha pasado de 14 a 9 en el convenio actual.
Un convenio colectivo que crea 2
tipos de Puestos de Régimen Laboral:
A) Los Puestos
de Categoría; compuestos por la totalidad de los trabajadores de
las diferentes categorías y áreas de actividad (los curritos).
B) Los Puestos
de Carrera; compuestos por directivos y jefes de personal. A la
creación de estos puestos es lo que llama el convenio carrera profesional del
personal laboral, personal laboral VIP del convenio que
alcanzará su carrera profesional mediante la libre designación (porque tú lo
vales) o mediante la selección objetiva (si tienes los ojos verdes).
Un convenio que deja muy claro que sacará
todas las plazas vacantes a provisión definitiva como personal
fijo, sin aumentar el número de plazas para su provisión.
Teniendo en cuenta que el número de plazas que
convocarán a Estabilización de Empleo es infinitamente
inferior al porcentaje y número de personal interino, implicará que la
mayor parte de ellos en el tiempo que la Mesa de Negociación Colectiva
determine, estarán en la calle o en el mejor de los casos en las Bolsas de
Empleo precario que se establezcan para ello.
¿Qué
podemos hacer?
Podemos y
debemos empezar por retirar el apoyo y confianza en las próximas elecciones
sindicales a estos sindicatos (CCOO, UGT Y CSIT) que llevan firmando convenios
y acuerdos como este último.
No pretendas que las cosas cambien si continúas elección tras elección… ¡VOTANDO LO MISMO!
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