lunes, 1 de octubre de 2018

Tercera Parte del Bodrio de Convenio Colectivo Único para el personal laboral de la Comunidad de Madrid para los años 2018 – 2020


TERCERA PARTE DEL BODRIO
             
Un convenio tan genérico que alude a la  funcionarización  del personal laboral sin especificar ni categorías ni temporalización  a las que se aplicará, aunque es probable que dicha funcionarización  esté dirigida a las categorías que comprenden el área de actividad A y cuyo reducción de categorías  ha pasado de 14 a 9 en el convenio actual.  
               Un convenio colectivo que crea 2 tipos de Puestos de Régimen Laboral: 
       A)    Los Puestos de Categoría; compuestos por la totalidad de los trabajadores  de las diferentes categorías y áreas de actividad  (los curritos). 
        B)    Los Puestos de Carrera;  compuestos por directivos y jefes de personal. A la creación de estos puestos es lo que llama el convenio carrera profesional del personal laboral, personal laboral VIP del convenio que alcanzará su carrera profesional mediante la libre designación (porque tú lo vales) o mediante la selección objetiva (si tienes los ojos verdes). 
             Un convenio que deja muy claro que sacará todas las plazas vacantes a provisión definitiva como personal fijo, sin aumentar el número de plazas para su provisión.
       Teniendo en cuenta que el número de plazas que convocarán a Estabilización de Empleo    es infinitamente inferior al porcentaje y número de personal interino, implicará que la mayor parte de ellos en el tiempo que la Mesa de Negociación Colectiva determine, estarán en la calle o en el mejor de los casos en las Bolsas de Empleo precario  que se establezcan para ello. 

 ¿Qué podemos hacer?
Podemos y debemos empezar por retirar el apoyo y confianza en las próximas elecciones sindicales a estos sindicatos (CCOO, UGT Y CSIT) que llevan firmando convenios y acuerdos como este último.
No pretendas que las cosas cambien si continúas elección tras elección… ¡VOTANDO LO MISMO!