Funcionarización de todo el Personal Laboral 2 parte.
Mediante
el Decreto 149/2002, de 29
de agosto, la Administración de la
Comunidad de las
Condiciones Generales para llevar a cabo la Funcionarización del Personal
Laboral del convenio colectivo.
Madrid, estableció
Años
más tarde, ORDEN
378/2007, de 8 de marzo, aprueba las Bases Generales para llevar a cabo
dicho proceso de Funcionarización.
Tras
funcionarizar 2 o 3 categorías laborales del convenio colectivo, el resto del personal que representa el 99% del colectivo, dejaron el proceso sin acabar.
· Para ello, seguimos reivindicando la Funcionarización de todo el Personal Laboral.
· Defendemos la unificación de los tipos de personal que presta servicios en la Comunidad de Madrid.
· La Promoción y la Carrera Administrativa a través de una Formación que motive, a los trabajadores mediante el progreso y ascenso profesional.
· En CGT creemos que la mejor forma de conseguirlo es a través de la Funcionarización del Personal Laboral.
· Sin pérdida de nivel adquisitivo ni antigüedad en la Administración.
· El establecimiento un Complemento Específico que reconozca y remunere la dificultad y la responsabilidad de los Puestos de Trabajo, acorde con las funciones reales que se llevan a cabo en los Centros Educativos.