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· Bajada de la masa salarial del personal laboral de un 3,3%.
· Bajada de un 6 % del Complemento Específico de personal funcionario.
· Bajada del 25 % de la paga extra del personal funcionario (3,3% de la masa salarial).
· Bajada del 10 % de salario de los altos cargos, desde director general hasta presidenta, pasando por secretarios generales técnicos, viceconsejeros y consejeros, así como personal de confianza de la Comunidad de Madrid.
· Reducción de jornada y salario de un 10% al personal interino, excepto al personal de atención directa en servicios sociales, sanidad y educación.
· Amortización de vacantes por jubilación y de vacantes dotadas al 50%.
· Los viceconsejeros con escaño no podrán cobrar mil euros mensuales de complementos
· Suspensión de subvenciones a partidos políticos, sindicatos y patronales.
Para más adelante se reducirán las partidas destinadas a la Acción Social (ayuda de guardería, prestaciones asistenciales, ayuda de estudios…), Abono Transporte, UPAM, etc.
Mesa Sectorial Sanidad: Informa Consejero de Sanidad.
1) Hay una bajada del 3,3 % del conjunto de las retribuciones que sale de aplicar una bajada del 6% al complemento específico de la nómina mensual, y de aplicar un 25% al complemento específico de la paga extra de navidad.
2) Disminución de un 10% de horario y por tanto de sus retribuciones, a todos los interinos y eventuales que no ejerzan funciones asistenciales directas.
3) Se declaran a extinguir todas las categorías de oficios (albañiles, pintores, electricistas, fontaneros, calefactores, gobernantes, telefonistas, reprografía, cocineros, pinches, etc.
2) Disminución de un 10% de horario y por tanto de sus retribuciones, a todos los interinos y eventuales que no ejerzan funciones asistenciales directas.
3) Se declaran a extinguir todas las categorías de oficios (albañiles, pintores, electricistas, fontaneros, calefactores, gobernantes, telefonistas, reprografía, cocineros, pinches, etc.
Una vez vayan finalizando los fijos, no se contratara a nadie en su puesto y además no se convocaran nuevos procesos selectivos para las mismas, y los servicios se irán externalizando.
4) Jubilación forzosa a los 65 años, excepto personal que voluntariamente desee continuar y que sea necesario en su Servicio o EAP. Las Prorrogas en curso se evaluaran según vayan finalizando o en un máximo de cuatro meses desde la aprobación de la ley (se supone que se aprueba a principios de Julio)
5) Se revoca el Acuerdo de 1997 por el que se regulaban los módulos de actividad para facultativos por exención de guardias a los 55 años, de forma que se permitirá la exención, pero no podrán acogerse de forma simultánea a tales módulos. Quienes hoy los disfrutan, podrán reincorporarse a guardias diurnas o de fin de semana si así lo desean.
5) Se revoca el Acuerdo de 1997 por el que se regulaban los módulos de actividad para facultativos por exención de guardias a los 55 años, de forma que se permitirá la exención, pero no podrán acogerse de forma simultánea a tales módulos. Quienes hoy los disfrutan, podrán reincorporarse a guardias diurnas o de fin de semana si así lo desean.
6) Se considera que el descanso de las guardias de viernes y sábado se ejercita el domingo, por tanto desaparece el descanso de lunes.
Se regulará de modo uniforme el descanso posterior a las guardias de presencia física, considerando el domingo como jornada de descanso.
7. Se revoca el Acuerdo de 2007 relativo a repartos en Atención Primaria.