RESOLUCIÓN de 5 de diciembre de
2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se declaran las fiestas
laborales de ámbito local en la Comunidad de Madrid para el año 2020.
El artículo 37.2 del texto
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, establece que las fiestas laborales, con
carácter retribuido y no recuperable, no podrán exceder de catorce al año,
siendo dos de ellas locales.
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