La
jubilación parcial con contrato de relevo a otro trabajador (relevista) es una
prestación de la Ley de Seguridad Social, para los trabajadores por cuenta
ajena a partir de 61 años y con más de 33 años de cotización, aumentando cada
año la edad de jubilación y los años de cotización.
Adjuntamos
la tabla de la Seguridad Social al final de este informa. La Seguridad Social
establece los porcentajes de la jornada a realizar tanto para el jubilado
parcial como para el relevista pueden ser: del 25%, del 50% y del 75%.
Para tener
acceso a la jubilación parcial...………. Ver tabla Jubilación Parcial Seguridad Social