Dentro de la oferta de Oferta de Empleo
Público para 2017, las Administraciones
Públicas podrán disponer en los ejercicios 2017 a 2019 de una tasa adicional
para la estabilización de empleo temporal en los términos previstos en la
disposición transitoria cuarta del texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre.
Entre los requisitos de los Candidatos para ingresar en
las Administraciones Públicas, está el apartado de: “Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las
tareas.”
Al abrigo de este requisito, CGT se pregunta lo siguiente:
¿Podrán presentarse a dicha convocatoria de Estabilización el
Personal Laboral que tiene adaptación de funciones?